Ayudas ofrecidas por otros Organismos Estatales con distintas finalidades

Contratación de personal técnico
1. Programa Torres Quevedo: Subvención a fondo perdido para la contratación de personal con titulación de Doctor (PhD) en proyectos de I+D
El Programa Torres Quevedo ofrece una subvención a fondo perdido para la contratación de personal con titulación de Doctor con el objetivo de impulsar el desarrollo de proyectos de I+D. La ayuda está dirigida a la contratación de expertos para proyectos de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental y estudios de viabilidad técnica previos, con una duración de hasta 3 años.
¿Cuántas solicitudes puede realizar una empresa?
Una empresa puede presentar hasta tres solicitudes por entidad dentro del plazo establecido. Es necesario que en cada solicitud se proponga un investigador distinto y que cada solicitud corresponda a un proyecto o actuación claramente diferenciada.
¿Cuál es el importe de la ayuda Torres Quevedo?
La cuantía de la ayuda se calculará en función del coste de contratación del investigador, que incluye la retribución bruta y la cuota empresarial de la Seguridad Social, el tipo de proyecto y el tipo de entidad solicitante. El coste máximo financiable anual por cada contratación no podrá superar los 55.000 euros.
¿Cuál es la intensidad de la financiación?
La intensidad de la ayuda varía según el tipo de proyecto y la entidad solicitante. Para proyectos de investigación industrial y estudios de viabilidad técnica, las pequeñas empresas podrán recibir hasta un 70% del coste de contratación. Para proyectos de desarrollo experimental, la intensidad será del 45% para las pequeñas empresas.
¿Quién puede ser beneficiario?
Pueden beneficiarse de esta ayuda las siguientes entidades, siempre que cumplan con los requisitos establecidos:
Empresas, incluidas las “spin-off” y las JEIs (JEI: Joven Empresa Innovadora).
Centros tecnológicos de ámbito estatal.
Asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos.
Además, el puesto de trabajo del investigador debe estar ubicado dentro del territorio español y el proyecto debe ser de investigación industrial, desarrollo experimental o un estudio de viabilidad técnica previo.
¿Qué condiciones tiene la ayuda Torres Quevedo?
Las ayudas deben aplicarse para llevar a cabo actividades de I+D adicionales a las que ya realice la empresa. En la solicitud, la empresa debe justificar la necesidad y el efecto incentivador de la ayuda. Los doctores contratados deben participar activamente en el desarrollo de los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental o estudios de viabilidad, ya sea para iniciar nuevos proyectos o reforzar proyectos ya en marcha.
¿Cuál es el plazo de entrega de la solicitud?
La convocatoria anual de la ayuda Torres Quevedo tiene un plazo de un mes para presentar las solicitudes. Esta convocatoria suele producirse a principios de año.
2. Programa Doctorados Industriales
El Programa de Doctorados Industriales tiene como objetivo la formación de doctores y doctoras en empresas y entidades con capacidad para desarrollar proyectos de I+D+i. El propósito es promover proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental que den lugar a tesis doctorales relevantes para la entidad solicitante y alineadas con sus líneas de investigación.
Beneficiarios
- Empresas privadas.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro.
- Administraciones públicas que no tengan la I+D+i como actividad principal o fin institucional.
Tipo de Ayuda
- Subvenciones otorgadas en régimen de concurrencia competitiva.
- Duración: Cuatro años.
- Pagos anuales anticipados sujetos a la justificación económica anual.
Requisitos
Empresas:
- Residencia fiscal o establecimiento permanente en España.
- Capacidad de contratación laboral.
Personas Contratadas:
- Matriculadas o admitidas en un programa de doctorado en una universidad española.
- No haber tenido vínculo laboral previo con la entidad solicitante (excepto en el caso de Spin-off y JEIs vinculados a instituciones de I+D).
- No tener participación accionarial en la entidad solicitante.
- No estar propuestas por más de una entidad ni haber disfrutado de ayudas similares por más de 12 meses.
Conceptos Financiables
- Gastos de contratación: Hasta 32.800 € anuales (retribución bruta más Seguridad Social).
- Movilidad: Hasta 5.500 € por contratado para estancias (alojamiento, manutención, locomoción).
- Otros gastos de ejecución: Máximo 40.000 € por proyecto.
- Matrícula del doctorado: Hasta 1.500 €, con una intensidad del 100%.
Intensidad de la Ayuda
- Generalmente, se aplica la intensidad máxima prevista para grandes empresas, salvo cuando se financian exclusivamente actividades no económicas (en cuyo caso, la intensidad es del 100%).
Evaluación
- Trayectoria académica o científico-técnica: 0-15 puntos.
- Adecuación del candidato al proyecto: 0-15 puntos.
- Plan de Formación: 0-20 puntos.
- Calidad y viabilidad del proyecto: 0-30 puntos.
- Impacto en la actividad de I+D+i de la entidad: 0-20 puntos.
Documentación Necesaria
- Instancia de solicitud.
- Currículum Vitae del candidato/a.
- Memoria científico-técnica del proyecto y de la tesis doctoral.
- CV del responsable de la ejecución del proyecto.
- Plan de negocio (para empresas de reciente creación).
- Cuentas cerradas y auditadas de los dos últimos ejercicios, si no están registradas en el Registro Mercantil.
Este programa está dirigido a promover la colaboración público-privada en proyectos innovadores y formativos, ofreciendo un marco sólido para la formación de doctores en entornos empresariales.
3. Bonificaciones a la Seguridad Social por Personal
Investigador: una oportunidad para impulsar la innovación
Las Bonificaciones a la Seguridad Social por Personal Investigador son una herramienta clave para incentivar la innovación en las empresas, ofreciendo un ahorro directo en las cotizaciones a la Seguridad Social de los empleados dedicados a actividades de I+D+i.
¿Qué son las Bonificaciones por Personal Investigador?
Este incentivo permite a las empresas reducir hasta un 40% de las cuotas a la Seguridad Social por cada trabajador dedicado exclusivamente a investigación, desarrollo e innovación (I+D+i). De este modo, no solo se apoya el desarrollo de proyectos innovadores, sino que se facilita la contratación y retención de talento en el área de la investigación. Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2023, se han introducido importantes cambios:
- Las bonificaciones se aplicarán solo a nuevos contratos indefinidos.
- Se ofrecerá una bonificación adicional del 5% si se contrata a jóvenes menores de 30 años o mujeres.
- El periodo máximo de bonificación será de 3 años por trabajador.
¿Quiénes Pueden Beneficiarse?
Las bonificaciones están disponibles para todas las empresas que lleven a cabo actividades de I+D+i, sin importar su tamaño o sector. Esto incluye desde grandes corporaciones hasta pequeñas y medianas empresas (pymes), centros tecnológicos, startups y entidades que participen en proyectos colaborativos de I+D+i. El único requisito es que el personal esté dedicado exclusivamente a tareas de investigación.
Bonificaciones para Pymes Innovadoras
Las Pymes Innovadoras tienen una ventaja adicional: pueden combinar estas bonificaciones con las deducciones fiscales por I+D+i, siempre que cuenten con el Sello de Pyme Innovadora.
Ayuda Programa de Colaboración Público-Privada (anteriormente RETOS Colaboración)
El Programa de Colaboración Público-Privada es una subvención con anticipo reembolsable dirigida a empresas con un fuerte enfoque en I+D+i, con el objetivo de abordar los Retos de la Sociedad. Los proyectos deben llevarse a cabo en colaboración con universidades o centros de investigación, y deben estar alineados con áreas clave como clima, energía, salud, alimentación, entre otras.
¿Qué es la Ayuda de Colaboración Público-Privada?
Esta línea de financiación fomenta la colaboración entre empresas y organismos de investigación para desarrollar proyectos conjuntos de I+D+i. Los proyectos pueden tener una duración de hasta 36 meses y están orientados a generar soluciones innovadoras en áreas prioritarias de la sociedad.
El programa financia hasta el 95% de los costes de los proyectos, distribuyéndose entre las empresas y las universidades o centros de investigación:
- Empresas: financiación principalmente en forma de préstamo con la posibilidad de una subvención a fondo perdido del 60% del coste salarial en el caso de una nueva contratación de un doctor para la realización del proyecto.
- Universidades y Centros Públicos de Investigación: financiación a través de subvenciones o anticipos reembolsables.
El objetivo es crear una red más robusta de actividades de I+D+i, fomentar la creación de empresas innovadoras, y orientar a las empresas existentes hacia la innovación. Además, busca movilizar inversión privada, generar empleo y reforzar la posición de España como líder en Ciencia, Tecnología e Innovación.
¿Quiénes Pueden Solicitar la Financiación?
La financiación está dirigida a consorcios entre empresas y organismos de investigación en España. Los consorcios deben estar formados por un mínimo de dos entidades y pueden contar con hasta nueve socios. Al menos una de las entidades participantes debe ser un organismo de investigación público o privado, y otra debe ser una empresa. El líder empresarial puede representar hasta el 70% del presupuesto total del proyecto.
Cada entidad debe presentar un presupuesto y solicitar la ayuda correspondiente. La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto global del proyecto.
Áreas Prioritarias de la Ayuda
El programa abarca proyectos relacionados con los siguientes retos sociales:
- Salud, cambio demográfico y bienestar.
- Calidad alimentaria y sostenibilidad.
- Energía segura, eficiente y limpia.
- Transporte sostenible e inteligente.
- Cambio climático y eficiencia de recursos.
- Innovaciones sociales y cambios en la economía digital.
- Seguridad, protección y defensa.
Presupuesto Mínimo y Duración del Proyecto
El presupuesto mínimo para cada proyecto debe ser de 400.000 euros. La duración de los proyectos debe ser de entre 2 y 4 años.
Costes Elegibles
Los siguientes costes son considerados elegibles para la financiación:
- Costes de personal.
- Costes relacionados con la adquisición, arrendamiento, mantenimiento y amortización de activos materiales.
- Costes de adquisición de materiales, suministros y productos necesarios para la ejecución del proyecto.
- Gasto por auditoría de cuentas.
- Costes derivados de la obtención de patentes.
- Consultoría para la gestión del proyecto.
- Contratos y asistencia técnica.
- Costes de movilidad.
- Para organismos públicos, se cubren los costes de utilización de servicios centrales siempre que se calculen conforme a la contabilidad de costes del organismo.
Criterios de Evaluación
Los proyectos serán evaluados según los siguientes criterios:
- Excelencia técnica (hasta 30 puntos).
- Proyección internacional del proyecto (hasta 20 puntos).
- Explotación de resultados (hasta 20 puntos).
- Adecuación del consorcio y impacto socioeconómico (hasta 15 puntos cada uno).