Ayudas Regionales

La mayoría de las CCAA disponen de programas e instrumentos para financiar actividades y proyectos de I+D, creación de empresas tecnológicas y ayudas a inversiones productivas, independientemente del origen de los fondos.

Destacamos tres tipos de ayudas:

Como hemos comentado, muchas CCAA tienen programas de ayudas para el desarrollo de proyectos de I+D+i. En el caso de Catalunya podemos hablar del Programa NUCLIS, que consiste en subvenciones otorgadas por la Generalitat de Catalunya, a través de ACCIÓ, destinadas a fomentar proyectos empresariales de investigación y desarrollo (I+D) con el objetivo de impulsar nuevos productos, procesos o servicios de alto riesgo tecnológico.

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:

  • Empresas: Cualquier empresa con establecimiento operativo en Cataluña que tenga capacidad técnica para llevar a cabo actividades de I+D.
  • Desarrolladores de tecnología acreditados TECNIO: Entidades con acreditación vigente que participen en el proyecto en cooperación con una o más empresas.

Condiciones generales

  • Presupuesto mínimo del proyecto: 120.000 euros.
  • Duración del proyecto: Hasta tres años desde la fecha de solicitud.
  • Modalidad de participación: Los proyectos pueden realizarse de forma individual o en cooperación con otras empresas locales, socios internacionales o con agentes acreditados TECNIO.
  • Subvención máxima: Hasta 250.000 euros, pudiendo cubrir hasta el 40% del presupuesto del proyecto.

Modalidades de convocatoria

Las ayudas NUCLIS se estructuran en diferentes convocatorias según la temática del proyecto:

  1. NUCLIS de I+D Empresarial: Orientada a proyectos que buscan desarrollar nuevos productos, procesos o servicios con alto riesgo tecnológico.
  2. NUCLIS de I+D Green en Economía Circular: Destinada a proyectos de investigación y desarrollo relacionados con la gestión de residuos, con el objetivo de iniciar nuevos procesos en la empresa o mejorar los existentes a través de innovaciones tecnológicas.
  3. NUCLIS de I+D Green en Cambio Climático: Enfocada en proyectos que buscan soluciones para mitigar y adaptarse a los efectos del cambio climático.

Cada una de estas modalidades tiene sus propias características y requisitos específicos, adaptados a las particularidades de cada ámbito temático. Son convocatorias anuales.

Como hemos comentado, muchas CCAA tienen programas de ayudas para la creación de startups tecnológicas. En el caso de Catalunya podemos hablar del Programa Startup Capital, que es una ayuda directa ofrecida por la Generalitat de Cataluña, a través de ACCIÓ, destinada a impulsar startups tecnológicas en sus fases iniciales. Este programa busca proporcionar el financiamiento necesario para que las empresas emergentes puedan desarrollar sus productos o servicios y validar sus modelos de negocio, facilitando así su acceso al mercado.

Beneficiarios

Esta ayuda está dirigida a startups tecnológicas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Antigüedad: Las empresas deben estar constituidas antes de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) y no superar los 18 meses de vida en el momento de realizar la solicitud.
  • Fase de desarrollo: Startups en fase inicial que requieran un impulso para llevar a cabo actividades de validación de tecnología y avanzar en su proceso de llegada al mercado, incluyendo el acceso a otras fuentes de financiamiento.

Condiciones generales

  • Monto de la ayuda: Hasta 100.000 euros por empresa.
  • Destino de la ayuda: Financiar actuaciones derivadas de la ejecución del plan de empresa, que pueden incluir:
    • Gastos de personal.
    • Inversión en materiales y equipamientos.
    • Alquiler de espacios.
    • Elaboración de estrategias de comunicación.
    • Otros gastos operativos necesarios para el desarrollo y comercialización de productos y servicios.

La convocatoria es anual y se suele producir en primavera.

Dentro de este programa hay una línea de ayuda específica, Startup Capital de Coinversión que tiene como objetivo apoyar a startups tecnológicas en fases iniciales mediante un mecanismo de coinversión junto a inversores privados. Este programa está especialmente orientado a empresas que desarrollan tecnologías deep tech, caracterizadas por su alto componente innovador y potencial disruptivo.

Beneficiarios

Las startups que pueden beneficiarse de este programa deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Naturaleza de la empresa: Pequeñas y medianas empresas (pymes) que desarrollen tecnologías deep tech.
  • Ubicación: Tener su centro operativo principal en Cataluña.
  • Antigüedad: Contar con una antigüedad de entre 6 y 36 meses en el momento de presentar la solicitud.
  • Inversión previa: Haber formalizado una ronda de financiación de, al menos, 75.000 euros con inversores privados (business angels o fondos de capital riesgo) en los seis meses anteriores a la solicitud.

Condiciones generales

  • Tipo de ayuda: Préstamo parcialmente reembolsable, con un tramo no reembolsable de hasta el 20% del importe concedido.
  • Importe de la ayuda: Entre 75.000 y 250.000 euros, en función de la inversión privada captada por la startup.
  • Tipo de interés: Euríbor a 12 meses + 2%, renovable anualmente.
  • Plazo de devolución: 10 años, con 4 años de carencia.
  • Amortización: Trimestral.

Proceso de solicitud y evaluación

Las solicitudes se evalúan por concurrencia no competitiva, lo que significa que se analizan a medida que se reciben, siempre que haya disponibilidad de fondos. Es fundamental que las startups interesadas cumplan con todos los requisitos y presenten la documentación necesaria para acceder a la ayuda.

Consideraciones adicionales

Este programa busca potenciar el ecosistema de startups deep tech en Cataluña, facilitando su acceso a financiación y promoviendo la colaboración con inversores privados. Al actuar como coinversor, ACCIÓ iguala la inversión privada recibida por la startup, aportando así recursos adicionales que favorecen su crecimiento y consolidación en el mercado.

Como hemos comentado, muchas CCAA tienen programas de ayudas para realizar inversiones productivas en su territorio. Suelen ser convocatorias anuales y acostumbran a salir entre febrero y abril. Habitualmente los plazos de presentación son muy cortos. En algunos casos las ayudas tienen como objetivo determinados sectores industriales, en cambio, en otros se apoya las inversiones del tejido industrial de la CCAA en general.

Algunas de las CCAA que tienen este tipo de programa de ayudas son:

Catalunya:

En el caso de Catalunya podemos hablar de las Subvenciones para proyectos de inversiones productivas en Catalunya que están dirigidas a empresas industriales que deseen crear nuevas plantas de producción o mejorar sus procesos productivos, siempre que estas inversiones generen o mantengan puestos de trabajo. Tiene una convocatoria anual.

Beneficiarios

  • Empresas industriales con CCAE 10-32 y que tengan sede operativa en Cataluña, o sean de nueva implantación.

Requisitos Generales

  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y laborales.
  • No haber sido sancionados por infracciones laborales graves.
  • Tener al menos un 50% de financiación cerrada del proyecto.

Condiciones

  • Ayuda de hasta el 20% de la inversión elegible, con un máximo de 500.000 €.
  • Subvencionable maquinaria, software y obras civiles directamente asociadas al proyecto.

Organismo Responsable

  • Departament d’Empresa i Treball, Generalitat de Catalunya.

Procedimiento de solicitud

Las solicitudes deben tramitarse de manera telemática a través de la Sede electrónica de la Generalitat. Los plazos de presentación de solicitudes se publican anualmente en la convocatoria correspondiente.

Última convocatoria publicada: Resolución EMT/810/2025, de 5 de marzo. DOGC núm. 9369 publicado el 12/03/2025. Plazo de presentación: Del 13/03/2025 al 15/05/2025.

Valencia:

Programa INPYME: ayudas para apoyar a las inversiones para la reindustrialización realizadas por las pymes de varios sectores industriales de la Comunitat Valenciana, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo

El programa INPYME es una iniciativa de la Generalitat Valenciana que busca impulsar la competitividad y sostenibilidad de las pequeñas y medianas empresas (pymes) industriales en la Comunidad Valenciana. Estas ayudas están dirigidas a pymes que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva en sectores como la automoción, biotecnología, cerámica, textil, entre otros.

Beneficiarios:

Pueden solicitar estas ayudas las pymes privadas que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva en la Comunidad Valenciana, vinculada directamente a los sectores industriales mencionados. Es requisito que el proyecto se lleve a cabo en un establecimiento productivo situado en la Comunidad Valenciana, independientemente de dónde se encuentre el domicilio social de la empresa.

Actuaciones subvencionables:

Se consideran subvencionables los proyectos de inversión que impliquen la reindustrialización de la Comunidad Valenciana mediante:​

  • La creación de un nuevo establecimiento industrial.​
  • La ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente.​
  • La diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento.​

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto es de 20.000 euros (IVA excluido), excepto para los sectores de la biotecnología, producción audiovisual, videojuegos, animación y realidad aumentada y virtual, donde el mínimo es de 10.000 euros (IVA excluido).

Gastos subvencionables:

Entre los gastos que pueden ser objeto de subvención se encuentran:

  • Adquisición y mejoras de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción.​
  • Adquisición, diseño a medida, implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales directamente vinculados a la producción industrial.
  • Costes de registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos.​
  • Costes de certificación u otras formas de homologación o normalización de productos, composiciones, sistemas o procesos industriales.​
  • Contratación externa de ingeniería industrial y/o tecnológica necesaria para la ejecución del proyecto de inversión.​
  • Gastos de auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención.

Cuantía de la ayuda:

La subvención cubre el 30% de los gastos subvencionables, con un máximo de 200.000 euros por empresa. Este porcentaje puede aumentar hasta el 50% si la inversión se realiza íntegramente en alguno de los municipios prioritarios para la reindustrialización, enumerados en el anexo IV de la convocatoria. ​

Procedimiento de solicitud:

Las solicitudes deben tramitarse de manera telemática a través de la Sede electrónica de la Generalitat. Cada empresa solo puede presentar una solicitud de ayuda para un único proyecto de inversión en uno o varios establecimientos industriales de un mismo municipio. Los plazos de presentación de solicitudes se publican anualmente en la convocatoria correspondiente.

Última convocatoria publicada: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Núm. 10069 / 18.03.2025. RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2025. Plazo de solicitud: desde el 21 de marzo de 2025 hasta el 11 de abril de 2025​.

Castilla La Mancha:

Programa «Adelante Inversión»: ayudas para la realización de inversiones productivas en Castilla La Mancha. Es una iniciativa de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha que tiene como objetivo facilitar financiación a las pequeñas y medianas empresas (pymes) para la puesta en marcha de proyectos empresariales, su incorporación al tejido empresarial de la región y la mejora de su productividad. Este programa promueve la realización de inversiones productivas que aumenten el valor añadido de los productos fabricados en la comunidad, intervengan directamente en el proceso productivo y fomenten la creación o mantenimiento de empleo vinculado a la inversión. ​

Beneficiarios:

Podrán beneficiarse de estas ayudas:​

  • Pymes con ánimo de lucro que realicen una inversión en un centro de trabajo ubicado en Castilla-La Mancha y que lleven a cabo alguna actuación subvencionable según lo establecido en la orden de bases reguladoras.
  • Comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que realicen una actividad económica con ánimo de lucro, siempre que cumplan los criterios de una pyme.​
  • Cooperativas y sociedades laborales, en particular cooperativas de trabajo asociado.​

Todas estas entidades deben cumplir con las normativas comunitarias y nacionales relacionadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). ​

Actuaciones subvencionables:

Se consideran subvencionables los siguientes proyectos:​

  • Creación de un nuevo establecimiento que implique la creación de al menos un puesto de trabajo en el Régimen General o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.​
  • Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente que suponga un incremento de las unidades producidas o de los servicios prestados por unidad de tiempo, ya sea mediante aumento del número de trabajadores, adquisición de nuevos bienes de equipo o introducción de mejoras en la organización de la producción y de la calidad en la prestación de servicios.​
  • Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, siempre que los costes subvencionables superen, como mínimo, el 200% del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.​
  • Transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente, siempre que los costes subvencionables superen la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.​

Las actuaciones o proyectos no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión aprobada subvencionable de 5.000 euros ni superar el límite máximo de inversión de 900.000 euros. ​

Gastos subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, se realicen o adquieran en propiedad dentro del plazo de ejecución establecido por la resolución de concesión y hayan sido efectivamente pagados en su totalidad con anterioridad a la finalización del período de justificación. Entre ellos se incluyen:​

  • Adquisición de terrenos (financiable hasta un 10% del coste total subvencionable del proyecto).​
  • Urbanización de terrenos vinculada a inversiones en obra civil.​
  • Adquisición de edificios, naves o locales de nueva construcción necesarios para la actividad proyectada.​
  • Obra civil, incluyendo construcción, rehabilitación y reforma de elementos estructurales.​
  • Maquinaria y bienes de equipo nuevos esenciales para la operación del proyecto.​
  • Mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el proyecto.​
  • Gastos de montaje e instalación asociados al montaje, instalación y puesta en funcionamiento de maquinaria y otros elementos necesarios para la operación del proyecto.​

Cuantía de la ayuda:

La subvención que percibir no podrá superar los 400.000 euros. La intensidad de las ayudas parte de un porcentaje base sobre la inversión subvencionable, que es de hasta el 28% para microempresas y pequeñas empresas, y hasta el 18% para medianas empresas. Este porcentaje puede incrementarse en:​

  • Hasta un 2% adicional si el proyecto pertenece a sectores vinculados a las prioridades sectoriales de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente S3.​
  • Un 0,5% adicional por cada puesto de trabajo creado, con un límite máximo del 10%.​
  • Un 10% adicional si el proyecto obtiene la puntuación máxima en los criterios de evaluación.​

No obstante, en ningún caso la ayuda total podrá superar el 50% de la inversión subvencionable para microempresas y pequeñas empresas, ni el 40% para medianas empresas, según lo dispuesto en el mapa de ayudas regionales vigente. ​

Procedimiento de solicitud:

Las solicitudes deben presentarse de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Los plazos de presentación de solicitudes se publican anualmente en la convocatoria correspondiente.

Última convocatoria publicada: Resolución de 18/09/2024, de la Dirección General de Empresas. El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 31 de marzo de 2025.

Navarra:

El Gobierno de Navarra ha establecido el programa de Ayudas a la Inversión en PYMES Industriales, con el objetivo de fomentar la inversión en las pequeñas y medianas empresas industriales de la región, reforzando su crecimiento sostenible, competitividad y la creación de empleo. ​

Beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas las PYMES que realicen proyectos de inversión en las siguientes actividades:​

  • Industria manufacturera: Incluye las divisiones de la 13 a la 32 de la Sección C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009). Se excluyen las actividades relacionadas con la fabricación de productos enumerados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, salvo el sector de transformación de productos de la pesca y acuicultura, así como las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas.​
  • Valorización de residuos: Actividad 383 de la Sección E de la CNAE-2009.​
  • Depósito y almacenamiento, y otras actividades anexas al transporte: Actividades 521 y 5229 de la Sección H de la CNAE-2009.​
  • Información y comunicaciones: Actividades 58, 59 y 60 de la Sección J de la CNAE-2009.​

Además, las empresas deben:​

  • Ajustarse a la definición de PYME según el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014.​
  • Disponer o prever disponer de un establecimiento en Navarra.​
  • Estar inscritas o haber solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra, conforme a la Orden Foral 152/2013.
  • No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias según el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.​

Proyectos de inversión subvencionables:

Los proyectos deben tener como finalidad:​

  • La creación de un nuevo establecimiento.
  • La ampliación de un establecimiento existente.​
  • La diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales.​
  • Un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.​
  • La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento.​

El presupuesto mínimo subvencionable varía según el tamaño de la empresa:​

  • Microempresa: 15.000 euros.​
  • Pequeña empresa: 50.000 euros.​
  • Mediana empresa: 100.000 euros.​

Además, los proyectos deben:​

  • Estar ubicados en Navarra.​
  • No causar perjuicio significativo a objetivos medioambientales, conforme al artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.​
  • Ejecutarse entre la fecha de solicitud de las ayudas y el 31 de mayo de 2027, inclusive.​

Costes subvencionables:

Se consideran subvencionables los costes de inversiones en activos materiales e inmateriales, tales como:​

  • Adquisición de terrenos para uso industrial (hasta el 10% del coste total subvencionable del proyecto).​
  • Adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles e instalaciones generales.​
  • Adquisición de maquinaria, bienes de equipo e instalaciones anexas.​
  • Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.​
  • Otros costes vinculados a los anteriores, como licencias de obra, actividad y apertura, o honorarios de arquitectura, ingeniería o consultoría (con un límite del 20% del coste de aquellos).

Importe de la subvención:

La intensidad de la ayuda se determina en función del tamaño de la empresa:​

  • Microempresa: 20% del coste total subvencionable.​
  • Pequeña empresa: 18% del coste total subvencionable.​
  • Mediana empresa: 10% del coste total subvencionable.​

El importe máximo de ayuda por empresa es de 400.000 euros.

Procedimiento de solicitud:

Las solicitudes deben presentarse de forma telemática a través del portal oficial del Gobierno de Navarra. Los plazos de presentación de solicitudes se publican anualmente en la convocatoria correspondiente.

Última convocatoria publicada: RESOLUCIÓN 962E/2024, de 25 de noviembre, del Director General de Fomento Empresarial. Plazo de presentación de solicitudes: del 11 de enero de 2025 al 10 de marzo de 2025.

Andalucía:

La Junta de Andalucía, a través de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), ofrece subvenciones destinadas a impulsar la actividad económica mediante proyectos de inversión que promuevan el crecimiento y la mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en la región.​

Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como los autónomos que presenten proyectos viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero, que se realicen en Andalucía y que no hayan sido iniciados antes de la presentación de la solicitud.

Cuantía de las subvenciones:

La subvención puede alcanzar hasta el 75% de la inversión subvencionable, dependiendo de la línea en la que se enmarca el proyecto y del tamaño de la empresa solicitante. Este porcentaje puede incrementarse si el proyecto cumple con características adicionales detalladas en la Orden de Bases Reguladoras, tales como:​

  • Empresas promovidas mayoritariamente por mujeres o que cuenten con el certificado de Empresa Familiarmente Responsable (EFR).​
  • Proyectos de alta y media tecnología.​
  • Proyectos que contribuyen a la estrategia S4Andalucía 2021-2027.​
  • Proyectos de Economía Social y/o dirigidos a colectivos específicos.​
  • Ubicación del proyecto en determinadas zonas.​
  • Creación de empleo adicional en el establecimiento donde se ejecuta el proyecto.​

Este programa de subvenciones está cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Andalucía FEDER 2021-2027.

Procedimiento de solicitud:

Las solicitudes deben presentarse de forma telemática a través de la Oficina Virtual de Andalucía TRADE. Se recomienda consultar la guía de la Oficina Virtual y las guías de cumplimentación de la solicitud de incentivos disponibles en la página web oficial para asegurar el correcto proceso de solicitud.

Plazos de solicitud:

Los plazos de presentación de solicitudes pueden variar según la convocatoria específica. En la última convocatoria el plazo de presentación de solicitudes para estas ayudas comenzó el 10 de julio de 2024 y permanecerá abierto hasta el 30 de diciembre de 2025.